ACUERDOS SOBRE LA ELECCIÓN DEL TRIBUNAL DE ARBITRAJE INTERNACIONAL DE INVERSIÓN
pages 47 - 72
ABSTRACT:

La eficacia de las cláusulas jurisdiccionales concluidas dentro del marco de los contratos de inversión en los procedimientos ante juzgados, elegidos a raíz de un contrato bilateral sobre la protección de inversiones extranjeras, no siempre queda enjuiciada de manera uniforme por los respectivos tribunales de arbitraje. No obstante, parece que en la mayoría de los asuntos éstos suponen que la elección del juzgado mencionado en el contrato no excluye su propia jurisdicción a la hora de enjuiciar una demanda por violación de alguna de las disposiciones materiales legales del tratado. Sin embargo, en el caso de que la demanda del inversor se base en la violación del contrato de inversión, los tribunales de arbitraje respetarán la vigencia de los acuerdos relativos a la elección del tribunal (así como de los acuerdos arbitrales) mencionados en dichos contratos.

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El doctor Marcin Czepelak es profesor de la Universidad Jagiellonian de Cracovia y experto de la Comisión Europea, además de miembro del grupo PRM III.

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